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Institucional APU
Código de ética I APU
Pronunciamiento sobre cobertura de actividad de un ex preso de Guantánamo
Pronunciamiento sobre cobertura de actividad de un ex preso de Guantánamo
Pronunciamiento sobre cobertura de actividad de un ex preso de Guantánamo
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El tribunal arbitral de la Asociación de la Prensa Uruguaya recibió el pasado 17 de setiembre de 2015 la denuncia de un asociado que sintió vulnerado su derecho de autor por otro colega que utilizó parte de su trabajo publicado y lo reprodujo en otro medio sin reconocer su autoría ni lo consignó en una cita.

El artículo original se publicó en el semanario Búsqueda y relataba una conferencia dada por uno de los ex presos de la cárcel de Guantánamo donde el redactor del semanario era el único periodista presente. La información del artículo original surge en gran medida de una conversación que mantuvo el periodista directamente con el ex preso, según relató el colega ante este tribunal.


Ese dialogo es la principal fuente de información de la nota publicada cinco días después en el diario argentino Clarin, que menciona la conferencia de origen pero no al semanario donde se publicó ni al periodista que firma la nota. El artículo publicado por el diario argentino también tiene otras fuentes que sí son consignadas.


La nota de Clarín es recogida por dos medios de prensa uruguayos que citan la fuente del vecino país.
Los miembros del Tribunal cotejaron las notas en cuestión y se comunicaron con ambos periodistas para recibir directamente los planteos correspondientes y descargos si los hubiere.


El cotejo confirma que la nota publicada por Clarín reproduce sin citar parte de la información contenida en el artículo de de Búsqueda.


Además el corresponsal que firma la nota reconoce que tomó parte de la información del artículo de Búsqueda y así lo consigna en su envío al diario argentino – cuya copia remitió al tribunal – pero el editor quitó las referencias afectando el trabajo del colega.


Alertado de la omisión y del malestar del periodista, el corresponsal aclara que no hubo intención de afectar al colega ni plagiar su trabajo y se puso a disposición para aclaraciones.


Conclusiones:
Según la información que dispone este tribunal. le asiste la razón al periodista denunciante en cuanto a que se configuró plagio al reproducir – otro medio – sin citar parte de su trabajo.


Esto implica una clara contravención al artículo 18 del código de Ética Periodística de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) que refiere que “Los periodistas deben respetar la propiedad intelectual. Copiar o reproducir partes de trabajos existentes sin mencionarlos en forma de citas constituye plagio y es una falta grave. También lo es no indicar que un hecho noticioso fue descubierto por otro periodista e informar del hecho como si fuera un hallazgo propio”.


Este tribunal entiende que si bien no hubo intención por parte del periodista denunciado de cometer plagio, quien firma la nota debe advertir al editor cuando las citas son especialmente relevantes porque implican no sólo la propiedad intelectual y trabajo de otra persona. sino fortalecen una información de calidad para la ciudadanía. En caso contrario el firmante tiene derecho a eliminar su nombre de la nota.