Comunicado
Ley de Prensa
Ley de Prensa
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El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General Decretan: Artículo 1: Declárase de interés general la promoción de la actividad de los medios de comunicación, así como la actividad de sus periodistas y trabajadores de la prensas en general, tanto de los medios escritos, radiales y televisivos.
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