Las modificaciones aprobadas por el parlamento uruguayo el pasado miércoles 10 de Junio, son un viejo reclamo de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) en el campo de la comunicación porque contempla reivindicaciones de consejos directivos encabezados por los presidentes Juan Carlos Otormin, Manuel Méndez y Víctor H. Abeland
Edison Lanza(1), en su doble condición de periodista y abogado, y co redactor del proyecto aprobado, destacó que este cambio en la legislación es un paso trascendente para garantizar la libertad de expresión a todos los cuidadanos.
¿Qué cambia con la nueva ley de prensa?
En lo medular todos los conflictos entre la libertad de expresión y el honor de funcionarios o personas públicas salen de los juzgados penales, salvo que un profesional publique una información a sabiendas que es falsa o con absoluto desprecio por la verdad, así como cuando no medie un interés general en la publicación de detalles de la vida privada de una persona publica.
Subrayo entonces que en la generalidad de los casos, las informaciones de interés público, publicadas con la correspondiente verificación, no generan responsabilidad penal del periodista y deben dirimirse en la órbita civil.
Tampoco habrá responsabilidad penal para los periodistas que informen sobre temas de interés publico de acuerdo a las reglas éticas de la profesión, como comprobación de varias fuentes, el uso de fuentes, aunque dañe honor de personas publicas sean estos diputados, senadores, ministros, presidente.
Es así que muchos de los casos que hasta este momento obligaban a los periodistas a concurrir a los juzgados penales como indagados con la nueva legislación aprobada no generan instancia penal.
De esta manera – una vez promulgada la ley por el Poder Ejecutivo- ningún periodista será procesado penalmente en Uruguay por la reproducción de una entrevista más allá que el entrevistado pueda hacer declaraciones ofensivas, ni por contenidos humorísticos en los medios de comunicación sean realizados por un dibujante, caricaturista o humorista radial o televisivo, sobre hechos de interés publico.
En el mismo sentido periodista será procesado penalmente en Uruguay por la reproducción de una entrevista más allá que el entrevistado pueda hacer declaraciones ofensivas, ni por contenidos humorísticos en los medios de comunicación sean realizados por un dibujante, caricaturista o humorista radial o televisivo, sobre hechos de interés público.
Otro elemento interesante incorporado a la nueva ley de prensa es que se elimina una cantidad de figuras que restringían la libertad de acción de los periodistas.
No habrá más procesamientos penales por vilipendio a los símbolos patrios nacionales y extranjeros ni por afectar el honor de jefes de Estado Extranjero. Esto habilita a que se quemen banderas o se pueda calificar a un presidente extranjero sin consecuencias penales.
También se elimina el delito de desacato por ofensa: es decir se puede criticar abiertamente a todos los funcionarios públicos, lo que en los hechos fortalece el debate democrático y el debate publico, confirmó Lanza.
Otra de las modificaciones aprobadas por el parlamento uruguayo es que se flexibiliza el derecho de respuesta, que hoy obligaba a responder a un medio en igual espacio, página y caracteres que la nota que originó la respuesta.
Blindaje de libertad de expresión.
Por ultimo Lanza destaca un elemento fundamental en las modificaciones aprobadas: los jueces deben reconocer la jurisprudencia internacional en materia de delitos de comunicación, en base a lo actuado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto implica que ante la concurrencia de conflictos los jueces deben remitirse a fallos de esta Corte para una correcta interpretación de la norma nacional.
Esto en los hechos es un blindaje a la libertad de expresión, aseguró Lanza, ya que establece un marco claro y previsible para interpretar la ley por parte de los jueces que son los fallos del sistema interamericano de Derechos Humanos que son muchos y abundantes respecto a distintos aspectos de la libertad de expresión. Puso como ejemplo, la imposición de la colegiación obligatoria para los periodistas, tema sobre el cual ya laudo el sistema interamericano o la necesidad de que los funcionarios públicos queden sujetos a un escrutinio mayor por parte de los ciudadanos y la prensa.
Un poco de historia.
Este esfuerzo de APU se enmarca en el reclamo de una agenda de reformas como la democratización de la distribución de frecuencias y la asignación de la publicidad oficial que encuentra a la APU dentro de sus principales impulsores.
La APU presentó un proyecto modificativo a la ley de prensa vigente a comienzos de la administración del Dr. Tabaré Vázquez. Ese proyecto fue elaborado básicamente por el colega y asesor legal de APU, Edison Lanza, con el aporte de Manuel Méndez, quien se desempeñaba como presidente del gremio, y actualmente ocupa la vicepresidencia.
Tras la presentación del caso del periodista de Paysandú Carlos Dogliani ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que resultó condenado por denunciar una escandalosa exoneración de deudas tributarias por para de la Intendencia de Paysandú a favor de un particular, hecho que finalmente fue comprobado. Tras la presentación del caso ante la Comisión se abre una negociación con el gobierno uruguayo que reconoce ante los organismos internacionales que la ley de prensa y los delitos de prensa vigentes en Uruguay violentaban o restringían la libertad de expresión.
En ese marco se acuerda modificar la legislación con el aporte de organizaciones de la sociedad civil en base a una comisión formada a instancias de la APU.
Participaron de esa comisión Edison Lanza y Manuel Méndez por APU, por el instituto de Estudios Legales y sociales del Uruguay (Ielsur): Diego Camaño y Jorge Pan, Gustavo Gómez por la Asociación Mundial de Radios Comunitarias, AMARC, Claudio Paolillo que integra la Comisión de Libertad de Expresión de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), y expertos independientes como el abogado Juan Faropa.
El Poder Ejecutivo designó por su parte a los abogados Hoenir Sarthou y Gualberto Pérez Riestra.
Si bien la idea de la APU es que había despenalizar los delitos prensas y las denuncias pasaran directamente a juzgados civiles en la negociación con los representantes del gobiernos se establecieron dos excepciones a este principio general.
Ahora se espera que el Poder Ejecutivo promulgue las modificaciones a la ley de Prensa aprobadas por el Parlamento.
(1) Edison Lanza es Doctor en Derecho egresado de la Universidad de la Republica. Como Periodista trabajó en diversos medios de prensa y televisión. Hoy se desempeña en el semanario Busqueda. Ha sido asesor legal de la Asociación de la Prensa Uruguaya.


